Estructura del Ministerio de Seguridad Pública.
La estructura del Ministerio de Seguridad Pública es compleja ya que en esta se rige gran parte de los cuerpos policiales que se encargan de garantizar el orden público, la estructura principal del ministerio de seguridad pública se compone del ministro de Seguridad Pública y tres viceministros administrativos.
Sistema
Costarricense de Información jurídica, (2012), afirma que,
(…) El Ministerio de Seguridad Publica tendrá dos viceministros
(as) operativos y un (a) Viceministro (a) Administrativo, los cuales ejercerán
las atribuciones que determina el artículo 48 de la Ley General de la
Administración Pública, dentro de la siguiente distribución organizativa, sin
perjuicio de cualquier otra dependencia o función que se les asigne, o bien que
de las que tengan asignadas les sean relevadas, por el (la) Ministro (a) de
Seguridad Pública. (par. 8)
Atribuciones del Ministerio de Seguridad Pública.
Por otra parte al Ministerio de Seguridad Pública y sus
entidades como la Fuera Pública se les atribuye una tareas cruciales para el
desarrollo de la sociedad, como lo es conservar el orden público y la
prevención del delito.
Sistema Costarricense de Información Juridica, (2010), menciona
que,
Al Ministerio de Seguridad Pública le corresponde vigilar,
conservar el orden público, prevenir las manifestaciones de delincuencia y
cooperar para reprimirlas, preservar y mantener la soberanía nacional, así como
coadyuvar en el fortalecimiento del principio de legalidad, de conformidad con
la Ley General de Policía, N° 7410, sus reformas y la Ley Orgánica del
Ministerio de Seguridad Pública, N° 5482, del 24 de diciembre de 1973.
(par. 3)
Al Ministerio de Seguridad Pública se le atribuye, resguardar la seguridad ciudadana, los principios estatales y sobre todo hacer cumplir la ley en la sociedad, ofreciendo así un servicio de seguridad pública a la ciudadanía y resguardando la soberanía del estado.
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